13 Preguntas Frecuentes de tu Certificación del IVA e IEPS

La certificación de IVA e IEPS corresponde a empresas imporatadoras de bienes con regímenes aduaneros de manera temporal para maquilar, transformar o reparar productos. Se logra esta certificación cuando la empresa ha demostrado cumplimiento y confiabilidad en su cadena de suministro, materia fiscal y aduanera. ¡Nuestros G-expertos contestan tus preguntas!

  1. ¿Qué es la Certificación del IVA e IEPS?

El Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad IVA e IEPS, permite realizar la solicitud para la aplicación de un crédito fiscal equivalente al 100% de la cantidad que deba pagarse por concepto del Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, cuando éstos se causen con motivo de la introducción a territorio nacional de mercancías bajo los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y recinto fiscalizado estratégico.

  1. ¿Quiénes lo presentan?

Personas morales

  1. ¿Cuál es el costo?

$35,575 M.N

  1. ¿Cuándo se presenta?

En el momento que lo requieras.

  1. ¿Se deben declarar todos los representantes legales? 

No, solo aquellos que cuenten con poder para actos de dominio en términos del artículo 2554 párrafo tercero del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal 

  1. ¿Cuál es su fundamento legal?
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 28-A.
  • Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, artículo 15-A.
  • Reglas Generales de Comercio Exterior, reglas 7.1.1., 7.1.2., 7.1.3.,7.1.6., 7.1.7. y 7.1.8.
  • Ley Federal de Derechos, artículo 40, inciso m)

  1. ¿Cuántas modalidades de certificación IVA IEPS existen?

La certificación se puede obtener bajo 3 distintas modalidades: A, AA, y AAA, con esto se adquiere un crédito fiscal equivalente al 100% de IVA e IEPS por importaciones temporales de mercancía.

  1. ¿Cuáles son los beneficios de la certificación de IVA e IEPS?

El principal beneficio es para las empresas interesadas en el crédito fiscal y/o impuesto especial sobre producción y servicios que se genera en importaciones. 

Adicionalmente, las empresas contarán con un plazo de 36 meses para retomar la mercancía importada bajo el régimen aduanero de importación temporal. En estos casos, se podrá exceptuar la presentación de hojas de cálculo y manifestaciones de valor en dichas importaciones. De igual manera, se omiten los números de identificación individual en los documentos de operación. 

Al inicio de un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA), por el incumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias, se cuenta con un plazo de 60 días para sustituir el embargo de las mercancías. Esto se hace mediante un Procedimiento Administrativo por Contribuciones Omitidas. 

Además de esto, como empresa, podrás obtener el Padrón de Sectores Específicos (PISE) de manera inmediata.

  1. ¿Cuáles son los beneficios legales de la certificación de IVA e IEPS?

Gracias a la certificación de IVA e IEPS, podrás cumplir con lo establecido en los siguientes artículos: 

  • 24, fracción I de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), sobre introducción al país de bienes.
  • 28, segundo párrafo de LIVA, sobre pago de impuestos.
  • 13, fracción I, segundo párrafo de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (LIEPS), sobre exención de impuestos aplicable.
  • 1 segundo párrafo de LIEPS, sobre pago de impuestos.
  • 15A de LIEPS, sobre crédito fiscal.

  1. ¿Cuáles son las obligaciones obligaciones en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas?

Las obligaciones para aquellos que se certifican con el esquema de IVA e IEPS se encuentran en la regla 7.2.1 de Reglas Generales de Comercio Exterior.

  1.  ¿Qué pasará con los avisos de renovación que se presentaron bajo las reglas publicadas el 27 de enero de 2016, y que la vigencia de la certificación vence con posterioridad a que entren en vigor las modificaciones de la Primera Resolución?

Se resolverá su solicitud conforme a las reglas vigentes al momento de que fue recibido el aviso de renovación

  1.  ¿Cómo se puede acreditar el requisito en la regla 7. 1.1, fracción XI, si se trata de una maquiladora que no cuenta con proveedores de insumos en territorio nacional?

Los interesados en obtener el registro en el esquema de certificación de empresas en su modalidad de IVA y IEPS que no cuenten con proveedores de insumos en territorio nacional, podrán acreditar el requisito establecido en la regla 7.1.1., fracción XI siempre que bajo protesta de decir verdad declaren que a la fecha de presentación de su solicitud no cuentan con proveedores de insumos en territorio nacional.

  1.  ¿Cómo se puede acreditar el requisito contemplado en la regla 7.1.1. Fracción III?

Para tener cubierto dicho requisito cada una de las proveedoras del servicio de subcontratación de personal deberá contar con la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales, así como acreditar el que se encuentran al corriente con la retención y entero del ISR de los trabajadores subcontratados.

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