NOMs, Clave al Cumplimiento Aduanero

Desde el 1 Septiembre del 2023, para el despacho aduanero y cumplimiento de NOMs, los productos a importar debe contar con etiquetado que incluya nuevos formatos de layouts. Estos cambios y medidas no arancelarias impactan el éxito de tu operacion. Te lo explicamos aquí. 

A diferencia de las regulaciones arancelarias (impuestos que se pagan), las regulaciones y restricciones no arancelarias son herramientas o reglas utilizadas por la Administración Pública para controlar la entrada, salida, circulación y tránsito de mercancías de comercio exterior.

Su objetivo es reducir la entrada de productos extranjeros al mercado mexicano para no afectar a los productores nacionales. Ejemplificado, NOMS son clasificadas como regulaciones no arancelarias. 

Las Normas Oficiales Mexicanas son regulaciones técnicas de observancia obligatoria que  mediante el establecimiento de reglas, denominación, especificaciones o características aplicables a un bien, producto, proceso o servicio, así como aquéllas relativas a terminología, marcado o etiquetado y de información. 

Se consideran como Reglamentos Técnicos o Medidas Sanitarias o Fitosanitarias, según encuadren en las definiciones correspondientes previstas en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es Parte.

En el Anexo 2.4.1, comúnmente conocido como “Anexo de NOM’s”, podrás consultar la lista de las NOMs exigibles en el punto de entrada al país. Consulta su fundamento legal en el Artículos 35 de la Ley Aduanera.

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